Constitución, Legalización y funcionamiento de Comité Paritarios Decreto Supremo Nº 54.
De acuerdo a lo establecido por el DS 54 “Aprueba Reglamento para Constitución y Funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad” Consiste en Asesorar e instruir a los trabajadores para la correcta utilización de los instrumentos de protección; Vigilar el cumplimiento, tanto por parte de las empresas como de los trabajadores, de las medidas de prevención, higiene y seguridad; Investigar las causas de los accidentes el trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan en la empresa; Indicar la adopción de todas las medidas de higiene y seguridad que sirvan para la prevención de los riesgos profesionales; Cumplir las demás funciones o misiones que le encomiende el organismo administrador respectivo.